La Ley de Bienestar Animal que sigue sin aplicarse en 2025. Qué falta y cuándo va a llegar

_La Ley de Bienestar Animal que sigue sin aplicarse en 2025. Qué falta y cuándo va a llegar

La Ley de Bienestar Animal 7/2023 ya lleva año y medio en vigor (septiembre de 2023). Y, por ahora, no ha supuesto el «antes y después» que el Gobierno preveía. En estos momentos, los animales de familia están más protegidos en gran parte de España (a excepción de la caza, entre otros ámbitos); pero la ley sigue con claroscuros y reglamentos sin terminar.

Dos años después de su aprobación (en marzo de 2023), la implementación de la ley es incompleta. Además, nada indica que esto vaya a terminar de cuadrarse en 2025. Por esta razón, he reservado este artículo para  que puedes consultar todo aquello que ya se está aplicando y aquello que todavía no ha entrado en vigor.

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Lo que ya se está aplicando de la Ley de Bienestar Animal

A grandes rasgos, la mayoría de leyes que no requieren de reglamento específico, ya están activas. En cambio, aquellas que atienden a prohibiciones concretas, acceso a espacios y sanciones, estáne esperando desarrollo.

Entre ellas:

  1. Prohibición de la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales. Desde septiembre de 2024, la comercialización y venta de estos animales (y otros) está restringida a criadores registrados. Las infracciones pueden acarrear multas de hasta 200.000 euros.
  2. Acceso de animales a espacios públicos y privados. La ley ha mejorado, notablemente, el acceso a transporte público y privado, restauración, hostelería y otros establecimientos, con excepciones concretas: sigue habiendo espacios prohibidos, como hospitales,centros educativos, etc.
  3. Prohibición del sacrificio de animales sanos. Una ley autonómica en muchas regiones que, en marzo de 2023, se convirtió en nacional para todos los refugios y protectoras, donde se prohibe la eutanasia de animales sanos, fomentando la adopción y el bienestar. El gran «qué» es que la ley de sacrificio cero debe acompañarse de abandono cero y, por descontado, maltrato cero también, algo que todavía no se ha conseguido, ni de lejos, según Fundación Affinity.
  4. Registro de animales de compañía. La ley exige el registro obligatorio de todos los animales domésticos para evitar el abandono y facilitar el control poblacional. ¿Se ha conseguido? Por ahora, no. Y hay muchos puntos negros aquí, como el papel de los veterinarios, el control y las sanciones actuales (escasas).
  5. Sanciones por maltrato animal. A partir de la aprobación de la ley, se han endurecido las multas por maltrato, con sanciones de cientos de miles de euros para los casos más graves, e incluso penas de prisión, en contadas excepciones. Para InterCIDS, «[es un error, pues] se introdujo la multa como alternativa a la pena de prisión»; tampoco la reforma resolvió el problema del destino de los animales maltratados, «que pueden volver con su maltratador». Lo comentaban en 20minutos.
  6. Regulación de la cría y venta. En este sentido, faltan muchísimos puntos por reglamentar: entre ellos, el famoso sistema de módulos del que hablaremos después y, en gran medida, la oficialización de la mayoría de perfiles profesionales: no obstante, hoy, la cría solo puede realizarse por criadores registrados y bajo condiciones estrictas, prohibiendo también la venta en tiendas físicas.

Lo que todavía no se aplica Ley de Bienestar Animal (y a saber cuándo)

Por el contrario, la mayoría de cuestiones que requieren de reglamentación, un real decreto o un diálogo profundo entre distintos sectores, siguen coleando. En este sentido, y como nota personal de una persona que ha hecho seguimiento durante años a nivel prensa (Coco y Maya, asesor en 20minutos y otros blogs de animales y educación canina) como profesional (como educador canino), mi percepción es que no se tomó en consideración la opinión ni se buscó el apoyo profesional de varios colectivos implicados, lo cual ha supuesto un duro varapalo tras la aprobación.

Por ejemplo:

  1. Curso de formación para propietarios de perros. Aunque obligatorio y gratuito, el contenido del curso y sus requisitos específicos siguen pendientes de desarrollo reglamentario. También hay iniciativas/peticiones para su desarrollo práctico, pero seguimos en blanco. Sigue pendiente, y eso que todo indica que será algo básico y on-line.
  2. Seguro de responsabilidad civil obligatorio. Todos los propietarios de perros deben contratar un seguro por daños a terceros, pero los detalles sobre las cuantías y condiciones siguen sin definirse. Así, a excepción de las comunidades donde ya era obligatorio, el resto puede seguir sin contratarlo de forma obligada. Por ahora, sigue en suspenso.
  3. Sistema de registros para la protección animal. Y esto traerá cola, perdón por la broma. Aún no se han creado los registros centrales, incluyendo el de Entidades de Protección Animal y Animales de Compañía, necesarios para la implementación efectiva de la ley, ni parece que vayan a llegar en el corto plazo. Además, esto acoge tanto perfiles oficiales como el de veterinario como otros que están en un limbo en España, como el de etólogo y el educador canino. Sobre este tema, he hablado en profundidad en YouTube.
  4. Listado positivo de animales de compañía. Falta establecer el procedimiento para incluir o excluir especies en el listado positivo, lo que dificulta su aplicación. Este fue uno de los huesos duros de roer en relación con especies exóticas e incluso animales considerados invasores, y todavía no se ha resuelto dos años más tarde…
  5. Supervisión de condiciones inadecuadas. Está prohibido mantener animales en lugares como balcones o terrazas, dejarlos sin supervisión en coches o en la cola del supermercado, el cumplimiento y la supervisión están limitados. Las penas han sido anecdóticas y hay pocas probabilidades de que esto cambie en el corto plazo.

La desinformación, o la falta de información

En resumen, el panorama no es demasiado halagüeño. Así, tal cual.

Para empezar el abandono animal sigue igual: 286.000 perros y gatos abandonados en 2023, y en 2024 los datos se mantendrán similares con total probabilidad. Las dificultades para un cambio real en la calle siguen encontrándose los escollos de siempre: falta de criterios para conseguir las soluciones mínimas efectivas: identificación, esterilización, educación de los animales y adopción para paliar el abandono.

Además, como denota el caso de las colonias felinas, la obtención de ayudas y los criterios legales tienen una aplicación desigual debido a la falta de recursos y supervisión activa.

¿Quién está informando sobre este tema?

Pero lo más grave es que no se han realizado campañas informativas para concienciar de forma efectiva. Casi 2 años después, esto genera confusión entre las familias, muchas de los cuales desconocen sus nuevas obligaciones y deben informarse en prensa. Todo ello, crea un cóctel curioso: ideas sesgadas, bulos y mucho clicbait.

Así, la Ley de Bienestar Animal 7/2023 representa un paso importante, pero su implementación está lejos de haberse completado. Quedan retos pendientes: desde la falta de desarrollo reglamentario hasta la ausencia de infraestructura, son un recordatorio de que, sin mecanismos efectivos, puede quedarse en papel mojado.

Es esencial que, en 2025, se acelere el desarrollo de los reglamentos y se refuercen las campañas de concienciación. De este modo, podremos garantizar que la ley cumpla con su objetivo principal: proteger y garantizar el bienestar de todos los animales.

P.S.: Este artículo nace de un vídeo que preparé hace casi un año, en el cual explicaba qué medidas ya estaban en funcionamiento y cuáles todavía ni tan siquiera se habían empezado a reglamentar. Puedes encontrar cierta información de interés relacionada en Hablando en plata y Las Provincias.

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